Entradas a conciertos, viajes, el gimnasio… ¿Qué se puede reclamar y qué no tras las cancelaciones por la Covid-19?

Los expertos advierten que el consumidor no podrá reclamar la devolución del dinero en todos los casos.

El coronavirus y la cuarentena impuesta por el Gobierno para contener la expansión de la enfermedad han truncado los planes de millones de consumidores que, bien por obligación o bien por precaución, no van a poder disfrutar ciertos servicios que contrataron antes del estallido de la crisis sanitaria. Al menos, de momento.

Viajes escolares, clases en academias, noches de hotel… La lista de actividades suspendidas es interminable. Muchos se preguntan a estas alturas si tienen derecho a cambiar sus reservas o, al menos, a recuperar el dinero. Los expertos advierten de que el consumidor no las tiene todas consigo, teniendo en cuenta que la ley no contempla algunas de las situaciones más comunes que ha provocado la pandemia. El éxito de las reclamaciones dependerá, por tanto, de las circunstancias de cada caso y de la letra pequeña del contrato.

Entradas para partidos de fútbol, conciertos y otros espectáculos

Con la entrada en vigor, el pasado sábado 14 de marzo, del estado de alarma se decretó la suspensión de todos los actos, verbenas y desfiles públicos programados.

Por lo general, las empresas organizadoras están intentando posponer los diferentes espectáculos para reducir el impacto económico de la medida. No obstante, como apunta Esperanza Palacio, abogada de Reclamador.es, “si al consumidor no le va bien la nueva fecha, por supuesto tendrá derecho a reclamar el importe de la entrada pagada”.

Gerardo Ruiz, abogado de Legálitas añade que “no se podrán retrasar eventos que pierdan su razón de ser”. Como, por ejemplo, un palco para ver la semana santa de Sevilla o un concierto por motivo de las Fallas de Valencia. En estos casos, afirma, las empresas no tendrán más remedio que devolver el dinero.

Gimnasios, comedores escolares y academias

El estado de alarma también ha supuesto el cierre temporal de locales y negocios no esenciales entre los que se encuentran los gimnasios, los comedores escolares y las academias de idiomas. Cuando se dictó el Real Decreto muchos usuarios ya habían pagado la mensualidad e incluso trimestres y cursos enteros. ¿Pueden dejar de pagar?

Esperanza Palacio, subraya que la ley actualmente no prevé una solución para los contratos temporales o de tracto sucesivo que se han visto suspendidos por un motivo ajeno a la empresa, como es el coronavirus y las restricciones aprobadas por las autoridades para impedir su propagación. Por ello, cree que lo más aconsejables es que los consumidores “contacten con las empresas para reclamar la parte proporcional de la cuota o, en su caso, valorar otras opciones”. Para Gerardo Ruiz “lo más lógico sería que el prestador del servicio devolviera al usuario el dinero o que, de lo contrario, ambas partes alcanzaran un acuerdo”.

Devolución de compras

Es posible que el usuario comprara un producto en una tienda física que le dio opción a descambiarlo en un plazo de 30 días y que ahora el establecimiento se encuentre cerrado. El Gobierno dejó en suspenso, el pasado martes 17 de marzo, todos los plazos de devolución para evitar desplazamientos innecesarios. Por tanto, el cliente podrá descambiar el artículo cuando finalice el estado de alarma, sin ningún problema.

Billetes de tren y autobús

Las autoridades sanitarias desaconsejan viajar, salvo que sea estrictamente necesario. Renfe ha puesto en marcha un servicio para cambiar o anular billetes sin coste alguno para todos los pasajeros que tuvieran previsto viajar en fechas posteriores a la declaración del estado de alarma.

Las líneas de autobús se han visto afectadas por el descenso en el número de viajeros. Si el viaje se cancela, se deberá devolver el importe del billete. Ahora bien, si es el pasajero el que desea no viajar a una zona de riesgo o modificar su reserva por precaución, habrá de ponerse en contacto con la empresa de transporte y comprobar si se están dando facilidades para cambiar la fecha del billete o directamente cancelarlo. Dicho de otro modo: no hay una norma que obligue a la devolución automática del dinero en estos casos, por muy justificados que estén, y todo dependerá de la política de cancelaciones de cada compañía.

Vuelos internacionales

Aunque el espacio aéreo español sigue abierto y los diferentes aeropuertos no han dejado de operar, más de 110 países han prohibido la entrada a viajeros españoles o les obligan a guardar cuarentena una vez que atraviesan sus fronteras.

En este contexto, muchas compañías han optado por suspender o reducir sus conexiones con España. Tal y como establece la legislación europea, los pasajeros afectados por la cancelación de un vuelo podrán elegir entre el reembolso del billete o viajar en otra fecha. Eso sí, no podrán exigir ningún tipo de compensación.

Pero ¿qué ocurre si es el pasajero el que desea cancelar el viaje por estar enfermo, o simplemente porque no quiere correr riesgos? Una vez más, nos encontramos ante una laguna legal que podría costar más de un disgusto al consumidor. De hecho, según Esperanza Palacio, el viajero que decida no viajar por el Covid-19 perderá su dinero salvo que tenga contratada una póliza de seguro a todo riesgo y que el médico le haya concedido la baja por enfermedad.

Aun en ese caso, matiza, hay que tener en cuenta que las aseguradoras suelen excluir expresamente la cobertura por pandemia. De ahí que la abogada recomiende cancelar el viaje “por cualquier motivo” recogido en el contrato de seguro y sin hacer alusión al coronavirus.

Reservas de hotel

El Gobierno ha acordado el cierre de todos los hoteles y alojamientos turísticosen todo el territorio nacional, a partir del jueves 26 de marzo. Al tratarse de una decisión del Ejecutivo, apoyada en una situación de emergencia sanitaria, los clientes podrán recuperar las reservas que hicieran a partir de esa fecha y hasta que termine el estado de alarma.

La situación legal se complica cuando es el consumidor el que decide no alojarse en un establecimiento que está situado fuera de España y no tiene seguro de cancelación a todo riesgo. En opinión de algunos juristas, el interesado podría alegar causas de “fuerza mayor” al haberse declarado una pandemia a escala internacional.

Otros apuntan, sin embargo, que no hay que confundir las declaraciones y recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) con circunstancias que impidan hacer uso de una habitación de hotel en cualquier parte del planeta. En todo caso, Esperanza Palacio insiste en que “lo recomendable es hablar con quienes se haya contratado el alojamiento para intentar flexibilizar los cambios o, en su caso, las cancelaciones pertinentes”.

Fuente: El País

Redacción

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