Los bares de Sevilla podrán reabrir desde hoy para servicio de recogida

Los bares y restaurantes de Sevilla podrán recuperar su actividad y vender a sus clientes «in situ» a partir de hoy. Los clientes podrán ir a los establecimientos y pedir tapas y bebidas, aunque para consumirlas en sus casas. Una orden interna de la Policía Local emitida ayer aclara a los agentes que a partir de hoy mismo esta actividad estará permitida, aunque tanto los hosteleros como los clientes tienen que cumplir unas normas de distancia social y uso de guantes y mascarillas. Con esta propuesta, el Ayuntamiento intenta dar apoyo al sector, que tiene sus negocios cerrados desde hace 40 días en plena temporada alta, con el consiguiente perjuicio que eso está generando a sus cuentas de resultados. 

La propuesta de la Delegación de Transición Ecológica y Deportes se produce después de las negociaciones entre la patronal y el delegado de Hábitat Urbano, Antonio Muñoz, para relanzar la economía sevillana y se ajustan, según el documento al que ha tenido acceso este periódico, a las exigencias marcadas en el decreto de estado de alarma emitido por el Gobierno el pasado 13 de marzo. Según la normativa aplicable a la que hace alusión la orden, este decreto dice que «estará prohibido servir comidas y bebidas fuera del propio establecimiento público y de las terrazas y veladores destinados a este fin, sin perjuicio de la posibilidad de venta o entrega in situ a las personas consumidoras finales de las mismas comidas y bebidas servidas en el establecimiento público, con o sin reparto a domicilio». El decreto suspende todas las actividades de hostelería y restauración, pero permite que se presten «servicios de entrega a domicilio». Y acogiéndose a esta norma, el Ayuntamiento ha elaborado una especie de reglamento para que la actividad de la hostelería se recupere cuanto antes. Concretamente, explica que el decreto da «la posibilidad» de que este servicio de recogida in situ o de reparto a domicilio para consumo fuera del propio establecimiento permite a los bares actuar «sin que fuese necesario obtener unalegalización adicional como establecimiento de venta al por menor de alimentos y bebidas». 

La disposición municipal añade también que «la posibilidad de recogida que permite la disposición autonómica amplía en alguna medida lo dispuesto en las normas estatales», por lo que «en aplicación conjunta de todas las normas», sería posible abrir los bares con una serie de requisitos. En primer lugar, «únicamente podrán entregarse in situ previo encargo o servirse a domicilio comidas (elaboradas en sus cocinas o precocinadas con las garantías sanitarias correspondientes) y bebidas que figuraran entre los ofrecidos en su día para su consumo habitual en el establecimiento». Es decir, se puede seguir sirviendo la carta habitual

La segunda exigencia es que «las comidas y bebidas retiradas o entregadas se destinarían a un consumidor final y en ningún caso podrían ser objeto de intermediación o reventa». Los bares tampoco podrán cambiar la configuración de sus instalaciones para llevar a cabo este servicio y tendrán que servir a los clientes en función de su aforo. «Las operaciones de entrega deben organizarse de manera que el número de clientes en el establecimiento fuese tal que permitiese evitar aglomeraciones y que consumidores y empleados pudiesen mantener la distancia de seguridadestablecida a fin de evitar posibles contagios», especifica la orden. 

En el horario habitual

Tampoco podrá ampliarse el horario de mercado para la actividad de hostelería legalizada y en zonas acústicamente saturadas el horario seguirá siendo de 8 a 22 horas. Eso sí, sigue prohibida la entrega a domicilio de bebidas alcohólicas a partir de las diez de la noche y, por supuesto, la venta de alcohol a menores. Otra medida que hay que cumplir es que la actividad de entrega al consumidor final tiene que realizarse en el interior del local y no en la calle, por lo que están prohibidos los mostradores hacia la calle y servir a través de ventanas. Por último, «tanto la clientela como los trabajadores deberán adoptar las medidas higiénico-sanitarias aplicables a las actividades de comercio minorista de alimentación». 

Esta orden afecta a los establecimientos de hostelería sin música y con música, lo que quiere decir que también pueden prestar el servicio a domicilio los bares de copas. Por lo tanto, a partir de hoy mismo los bares de Sevilla que quieran hacerlo ya pueden volver a encender sus fogones. 

El propio Ayuntamiento admite en su escrito que este tema es «candente» porque afecta a muchos negocios de la ciudad y aclara que «el presente informe se emite salvo superior criterio y sujeto a las posibles disposiciones normativas que pudieran imponerse desde las administraciones estatal, autonómica o municipal derivadas de la vigente declaración del estado de alarma». De momento, la actividad está permitida y, si los propietarios de los bares deciden abrir sus establecimientos, hoy mismo se podrá ir al restaurante más próximo a pedir una tapa de ensaladilla, de pavías o de bacalao con tomate.

Vía: ABC

Redacción

Deja una respuesta

Entrada siguiente

Andalucía contabiliza 2.556 profesionales afectados por Covid-19 de todas las categorías en los centros sanitarios

Vie Abr 24 , 2020
Andalucía registra actualmente 2.556 profesionales afectados por Covid-19 de todas las categorías sanitarias y no sanitarias en el sistema sanitario andaluz. Hay que recordar que, a diferencia de otras comunidades autónomas, la comunidad andaluza registra y publica los profesionales afectados de todas las categorías y tanto de la sanidad pública como de […]

Te puede interesar