La Audiencia confirma la multa de 1.620 euros a una mujer que simuló ser víctima de un delito

Denunció falsamente haber sido víctima de un robo por el procedimiento del ‘tirón’ en una calle de Sevilla.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado una sentencia del Juzgado de lo Penal número 13 que condenó al pago de una multa de 1.620 euros a una mujer por un delito de simulación de delito tras denunciar falsamente haber sido víctima de un robo por el procedimiento del tirón en una calle de Sevilla, según informa la oficina de comunicación del TSJA.En la sentencia, fechada el día 26 de marzo, el tribunal desestima de este modo el recurso de apelación presentado por la defensa de la acusada y acepta los hechos probados recogidos por el Juzgado de lo Penal, que considera que fue el día 24 de noviembre de 2015 cuando la acusada interpuso esta denuncia, “a sabiendas de su falsedad”, en la Comisaría Centro de la Policía Nacional.En la denuncia presentada, la mujer decía haber haber sido víctima de un tirón a las 20:30 del día 23 de noviembre en una calle de Sevilla. Tras esta denuncia, el Juzgado de Instrucción número 13 de Sevilladictó un auto dos días después por el que se incoaban diligencias previas y en cuya parte dispositiva se acordaba el sobreseimiento y archivo de las actuaciones por falta de autor conocido.

La mujer recurrió alegando, en primer lugar, infracción del artículo 456 del Código Penal por no concurrir en su conducta los requisitos exigidos en el mismo. La Audiencia recuerda que, en este caso, “el bien jurídico protegido es el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia, que se perjudica al verse en la precisión de llevar a cabo actuaciones procesales penales basadas en hechos cuya falsedad consta desde el inicio a quien los pone en su conocimiento, implicando también que la Policía Judicial destine de forma indebida recursos en la investigación de un hecho inexistente“.Por ello, “en el supuesto de estimarse acreditado, como después se expondrá, que la recurrente simuló ante un funcionario de la Policía haber sido víctima de un delito de robo violento dando lugar a la formalización de un atestado y la práctica de diligencias de investigación, con remisión de aquel a la autoridad judicial y dictándose por esta la correspondiente resolución, concurrirían los requisitos del delito de denuncia falsa por el que se ha dictado el pronunciamiento de condena”.La acusada también alegó que se había producido un error en la valoración de la prueba con vulneración del principio de presunción de inocencia, punto en el que la Sección Primera de la Audiencia recuerda que la juez de lo Penal tuvo en cuenta para condenar a la recurrente sus propias manifestaciones, lo manifestado por el funcionario policial que practicó las gestiones para investigar el hecho falso denunciado y la documental.

Via: Diario de Sevilla

Redacción

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